sábado, 19 de junio de 2010

Buscan corregir fallo

JUICIO PERFECTO PERO SIN EJECUCION DE PENA

JESUS JIMENEZ LABAN

Es habitual para muchos escuchar comentarios acerca de la transparencia, celeridad, legalidad en términos procesales en un juicio penal. Incluso, después de la oralidad, una sentencia impecable dictada por los operadores de justicia en el marco del Nuevo Código Procesal Penal -que se aplicará en Lima el próximo año-, pero que está vigente en dieciséis distritos judiciales en el interior del país.

Sin embargo, cumplida la sentencia ésta no se ejecuta. Es decir, lo que resuelven los jueces no se cumple, tales como la ejecución de la sentencia, la reparación civil y las normas de conducta. Por supuesto existe un código de ejecución penal, que con más propiedad, debería llamarse código de ejecución de sentencias, que debería explicar todo lo que debe hacerse. Sin embargo, debido a este vacío, en la práctica procesal penal el sentenciado ignora los mandatos judiciales lo cual deviene en la impunidad del delito.

Siendo así, ¿qué cosa habría que hacer para hacer que la ley se cumpla –la sentencia tiene esa categoría- o cómo observar el cumplimiento de las normas de conducta o el pago de la reparación civil por parte del sentenciado? La propuesta francesa del magistrado Olivier Couvignou fue que los jueces y fiscales coordinaran mejor en materia de reparaciones. Otras iniciativas estuvieron orientadas a mejorar la comunicación entre el Poder Judicial, el Ministerio Público y el aparato administrativo del Sistema Penitenciario.

Cumplimiento de penas

Hace poco hablábamos sobre la urgencia de que los magistrados –Poder Judicial y Ministerio Público- tuvieran una visión de conjunto y sobre la importancia de una capacitación especializada para que su actividad se traduzca en la ejecución de las sentencias, es decir que las penas se cumplan sin impunidad.

En el taller de jueces y fiscales –a las que fui invitado como representante de la sociedad civil- los magistrados discutieron y acordaron un perfil para el juez de ejecución penal, incluyendo sus competencias y estrategia de desarrollo para alcanzar los objetivos.

Fue el juez de ejecución de penas en argentina Marcelo Madina quien acuñó la frase de que “el juez vive con el televisor encendido”, algo que sirvió de base para que después se planteara que el nuevo perfil del juez de ejecución penal debe ser ajeno a influencias políticas y mediáticas.

En este seminario internacional “Ejecución Penal, desafíos del sistema garantista” organizado por la Oficina de Cooperación Francesa, hubo consenso en la importancia de tener conocimiento y experiencia en tratamiento de los internos con un profundo sentido de los derechos humanos, política penitenciaria, en audiencias y manejo de resoluciones. Incluso, se llegó a delinear sus competencias que tiene que ver con el seguimiento en el cumplimiento de la sentencia, la reparación civil –en la que fiscales y jueces deben trabajar coordinadamente-, las normas de conducta.

Por supuesto, la implementación de un sistema de ejecución penal para que las penas que dictan en las sentencias se cumplan después expedidas las mismas, requiere de voluntad política para aprobar el presupuesto con que financiar la capacitación especializada y operación de los nuevos jueces, la infraestructura, la logística y la automatización de los procesos penitenciarios.

Seguramente, en el futuro habrá nuevas iniciativas en este mismo tema, pero es un gran paso hacia el combate de la impunidad dentro de los principios de inmediación, legalidad y celeridad. Habrá que ver.

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