sábado, 14 de agosto de 2010

¿Fue tan ingenuo que no se dio cuenta...?


¿MOVIDA ESTRATEGICA Y CAMBIO DE OBJETIVO?

JESUS JIMENEZ LABAN

Fundada la tacha interpuesta contra la postulación de Alex Kouri Boumachar a la alcaldía de Lima, el Jurado Electoral de Lima Centro ha dispuesto su exclusión de la lista de candidatos de Cambio radical, según Resolucion 00013-2010 del 11 de Agosto del presente año.

Pero los abogados de Kouri afilan cuchillos, aunque se sientan perdedores, según primeros reportes. Dante Mesa, el personero legal de Cambio Radical atribuye todo esto a presiones políticas vinculadas a medios de comunicación afines, en tanto que en el tema del domicilio tratarán de demostrar que Kouri vivio dos años en Lima bajo el argumento que los nuevos propietarios de la casa que tuvo en Magdalena accedieron a tenerla como domicilio del candidato.

Se trata de una respuesta a la primera tacha presentada por el ciudadano Alberto Espinoza Najarro contra Kouri por el tema del domicilio múltiple, decisión contra la cual la defensa legal de candidato puede apelar en el termino de tres días. Por su parte, el JNE, máximo organismo electoral tiene igual plazo para pronunciarse. Su decisión es inapelable.

Como se sabe, Espinoza Najarro sustentó que en vista que el candidato Kouri residió en el Callao mientras fue presidente regional, no puede demostrar que domicilio en Lima dos años continuos antes del 5 de julio de 2010. Pero esta tacha –la del ciudadano Espinoza Najarro- fue declarada infundada por el Jurado Electoral Especial, decisión que no compartió el Jurado Nacional de Elecciones porque los argumentos de la consulta RUC y la impresión Essalud no explican claramente un supuesto de domicilio multiple.

Sencillamente, parece que el señor no vive en el lugar donde se ha presentado como candidato. No tendría ni casa –domicilio legal- ni centro de trabajo –domicilio laboral- que mostrar para justificar su candidatura. El domicilio fiscal –que es no hogar ni trabajo- es sólo para asuntos administrativos.

Ahora bien, la ingenuidad en política en un grave error. Mucha gente puede preguntarse ¿cómo es posible que un político fogueado y curtido cometa un error garrafal? Podría pasar que esta movida fue calculada desde mucho antes como precaución ante un eventual bajón en las encuestas –como ha pasado- para no quemarse y seguir intacto cuando se vuelva a presentar, esta vez como candidato a la presidencia a una curul como está tan de moda entre oficialistas y no oficialistas (¡cómo les gusta la teta!).

Hay quienes piensan que si Kouri es excluido la contienda electoral, la masa de electores de Partido Radical se volvería imprecisa. Los votantes pueden engrosar con sus votos una candidatura que no figura con mucha fuerza en las encuestas o, dependiendo del estado de ánimo electoral, migrar hacia el voto en blanco. Resulta difícil –aunque la política es como futbol porque no tiene lógica- pensar que esa masa de electores libre pase al caudal de Lourdes Flores.

Si se llegara a producir la salida de Kouri en esta contienda electoral próxima, me temo que cualquier cosa puede pasar en materia de resultados electorales pues los resultados se vuelven impredecibles.

Claro, como dice los analistas, el hecho de que salga Kouri del ruedo político no significa el fin de los miembros de su lista a regidores. Sería un partido sin cabeza, pero los brazos y piernas siguen en movimiento, de manera que si el JNE ratifica la decisión de primera instancia, será Ivonne Frayssinet, quien asuma la postulación a la Alcaldía de Lima.

La ley es la ley. Ella establece las formas y la manera como hacer las cosas. Salvo que le hicieran remiendos a la norma –que no es el caso- el candidato esta virtualmente fuera de carrera porque no tiene otra alternativa. En cierto modo, es un precedente para futuros candidatos en situación similar. ¿Puede este precedente reforzar el sentido ético en las próximas elecciones presidenciales? Habrá que ver.

Choque de jurados


LA DEMOCRACIA INTERNA Y LA LEY DE PARTIDOS POLITICOS

JESUS JIMENEZ LABAN

La tacha contra la candidatura de Alex Kouri Boumachar, candidato a la alcaldía de Lima por Cambio Radical, fue declarada fundada en parte por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) debido a supuestas irregularidades en su designación como postulante.

Al declararse fundada la referida tacha, presentada por el abogado Guillermo Olivera Diaz, se anula la resolución 00005-2010 del Jurado Electoral Especial (JEE) que decía lo contrario, razón por la cual éste deberá emitir un nuevo pronunciamiento.

Para contradecir esta tacha –la segunda contra Kouri-, el Jurado Electoral Especial entendió que no se cuestiona la candidatura sino la democracia interna del partido, haciendo notar que Kouri es simpatizante sin impedimento alguno para ocupar un cargo directivo en dicha agrupación partidaria.

Contra estos argumentos con que se declara infundada esta segunda tacha, el JNE ha contrapuesto otros fundamentos para resolver el conflicto. Cita de manera directa y taxativa los artículos 19 y 22 de la Ley de Partidos Políticos que señala, entre otras cosas, elegir a los candidatos en democracia interna. Además, el JNE dice que el JEE no señala base legal para declarar infundado el recurso de Olivera Diaz. Tampoco precisa las consecuencias que podrían tener los defectos en las elecciones internas en la validez de la candidatura de Kouri, según fuentes oficiales.

Cabe recordar que una primera tacha presentada por el ciudadano Alberto Espinoza Najarro contra Kouri fue por el tema del domicilio múltiple. Espinoza Najarro sustenta que en vista que el candidato Kouri residió en el Callao mientras fue presidente regional, no puede demostrar que domicilió en Lima dos años continuos antes del 5 de julio de 2010. Pero esta tacha fue declarada infundada por el Jurado Electoral Especial, decisión que no compartió el Jurado Nacional de Elecciones porque los argumentos de la consulta RUC y la impresión Essalud no explican claramente un supuesto de domicilio multiple.

Sencillamente, según esta primera tacha, parece que no se ha podido demostrar que Kouri vive en el lugar donde se ha presentado como candidato. No tendría ni casa –domicilio legal- ni centro de trabajo –domicilio laboral- que mostrar para justificar su candidatura. El domicilio fiscal –que es no hogar ni trabajo- es sólo para asuntos administrativos.

Tanto en la primera tacha –vinculada al domicilio- como en segunda –que tiene que ver con la democracia interna o irregularidades en la designación como postulante-, el Jurado Nacional del Elecciones -al declarar fundada lo que la instancia inferior dio por infundada- ha hecho que el Jurado Electoral Especial Lima Centro vuelva a pronunciarse. En el primer caso, le pide que evalue mas detenidamente el domicilio con más medios probatorios, en tanto que en el segundo caso, el argumento del letrado es que Kouri no fue elegido de manera democrática y que el partido Cambio Radical no cuenta con los órganos internos para cumplir con ese mandato.