sábado, 14 de julio de 2012

SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ES PARA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA UNA DESVIACION DE PODER


SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ES PARA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA UNA DESVIACION DE PODER

JESUS JIMENEZ LABAN

Una decisión que ha generado ruido esta semana en el Poder Judicial. Se trata de la la sentencia expedida por el TC en el Expediente N.° 37-2012-PA/TC, de fecha 25 de enero de 2012 emitida por el Tribunal Constitucional.

El Poder Judicial considera que la referida sentencia ha invadido sus fueros al pronunciarse sobre el fondo de un proceso y de manera definitiva, en un conflicto entre dos personas jurídicas privadas, propio de la justicia ordinaria.

De manera rápida, en un comunicado, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) recuerda que el Tribunal Constitucional ha ido más allá de la potestad que le otorga la Constitución Política del Perú. Porque con dicha sentencia el Organo de Control de la Constitución ha anulado via proceso de amparo una sentencia de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia.

Y es que, segun el documento, se ha puesto en "serio riesgo la estabilidad del sistema de justicia y para la seguridad jurídica de los ciudadanos del país".

Para los magistrados lo que se debio hacer es pronunciarse sobre la eventual nulidad de las decisiones de primer y segundo grado, que rechazaron dicha demanda de amparo, a fin de que los jueces de la Sala Civil Permanente puedan hacer efectiva su derecho de defensa.

Al pronunciarse sobre el fondo del proceso judicial, según el comunicado, el Tribunal Constitucional ha vulnerado la garantía de defensa del Poder Judicial con fundamentos de derecho material ordinario discrepantes con la Corte Suprema. Ademas, siguiendo el mismo texto,ha convertido dichas diferencias en criterios vinculantes para el caso concreto, al disponer que la Sala Civil Permanente emita una nueva resolución tomando en consideración los criterios expuestos en su sentencia.

Por eso, el CEPJ cree que hay una desviación de poder por el Tribunal Constitucional contra el servicio de justicia. Y se basa en el argumento de que "la potestad que la Constitución le otorga al TC no implica considerar que toda argumentación del Poder Judicial que discrepe con la suya, merezca la declaratoria de nulidad de la resolución que la contiene".

Por último el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, organo de gobierno, defiende la idea que la "Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia, debe decidir con independencia y potestad soberana, lo que corresponda, sin injerencia de ninguna índole". 

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