LA VIGILANCIA ELECTRONICA PARA CONDENADOS
JESUS JIMENEZ LABAN
Para nadie es un secreto que las bandas más temidas coordinan sus acciones delictivas desde el interior de los penales. Los secuestros, extorsión y el crimen organizado tienen cerebros dentro y coordinadores fuera de las cárceles. El impulso que da el móvil del dinero tiene atroces consecuencias penales como se ve casi a diario en la actividad de las comisarías, fiscalías y juzgados.
Aunque para cualquier ciudadano le resulte incoherente hablar de resocialización teniendo en cuenta el prontuario de estos elementos, la doctrina penal insiste en que la resocialización del interno es una prioridad de política penitenciaria, tal como se dijo en el seminario internacional “Ejecución Penal, desafíos del sistema garantista” organizado por la Oficina de Cooperación Francesa. Algo de esta urgencia se ve reflejada en el hecho de que el 80 por ciento de la población penal esté concentrada en San Juan de Lurigancho y que en provincias el número de procesados pero no sentenciados duplique la estadística del centralismo penitenciario de Lima.
Así lo entiende Bolivia en sus esfuerzos por adecuar la ley de ejecución de penas a su nueva Constitución Política. En el país altiplánico –comentó el ex vice ministro de justicia boliviano Reynaldo Imaña- se ha trazado una política penitenciaria consistente en informar al sentenciado sobre sus derechos y beneficios, el recurso de queja para denunciar abusos y establecimiento de consultores en cada establecimiento. La función resocializadora no está ausente en Argentina en cuyo sistema penal muere una persona cada tres días por violencia y tortura intra-carcelaria, pese al uso del Habeas Corpus colectivo. En Buenos Aires el 90 por ciento de procesados se encuentran sin sentencia firme, algo realmente sorprendente. Además una superpoblación penal con 60 por ciento de exceso que provoca hacinamiento y condiciones carcelarias deprimentes.
En Colombia las cosas administrativamente son muy lentas. Escasa asignación de jueces de ejecución, pocas cárceles (132) para el alto número de presos (72.000) lo cual origina una explosivo hacinamiento de 90%. Las Naciones Unidas resumen esta situación carcelaria en problemas de violación de derechos humanos, baja calidad de insumos en alimentación y consiguiente deterioro de salud.
Orlando Gómez Rodriguez, Juez de Ejecución de Bogotá, Colombia, recuerda que el accionar penitenciario se guía por los principios de legalidad (apego a la ley), favorabilidad (garantías en la ejecución penal) y jurisdiccionalidad (competencia) para alcanzar una convivencia civilizada a través de una resocialización penitenciaria.
En Francia las cosas no son muy lejanas de la realidad carcelaria de otros países. Los legisladores han aprobado normas de conversión penal para suavizar las sanciones y despoblar los establecimientos penitenciarios. Oliver Couvignou, Magistrado de Francia, recuerda que el trabajo en obras civiles para el centro penitenciario o para una asociación externa, la aplicación de multas de acuerdo a los ingresos del interno, la semi-libertad para el desarrollo de sus actividades profesionales que le permitan cumplir con sus obligaciones familiares, forman parte del trabajo legislativo que ha aprobado normas de conversión penal para suavizar las sanciones y despoblar los establecimientos penitenciarios.
Por supuesto, la tecnología se hace presente en estos esfuerzos. Usando equipos, sistemas y redes informáticas, se ha puesto en operación la modalidad de la vigilancia electrónica. Es mecanismo permite la conversión de la pena de cárcel en arresto domiciliario, cumpliendo estrictamente horarios y normas de conducta. El interno sale de la cárcel, se le pone una pulsera electrónica y se instala una caja de comunicaciones conectada entre el domicilio y el penal. La tecnología, auxiliada por equipos satelitales y electrónicos, detecta cualquier movimiento del preso fuera de las normas de conducta. Violar un beneficio penitenciario -como éste y los otros explicados- es un delito.
Pulseras electrónicas
Puede pasar que por falta de espacio, los internos salgan con pulseras electrónicas de los penales. Brasil, uno de lo país con más población penal a nivel de región, se prepara para poner en vigencia la vigilancia electrónica, un método que busca reducir el impacto de la población penal en las cárceles.
Con este nuevo sistema, que también se empieza a usar en Francia, se pondrá una pulsera electrónica al preso para que cumpla su condena en su casa, de tal manera que puede ser controlado, de manera minuciosa en sus movimientos. La pulsera tiene un chip que opera con un sistema que conecta vía internet la casa con la cárcel.
Obviamente, el público no está seguro si calificar esta medida como útil a la sociedad porque su razonamiento es que con este dispositivo electrónico se estaría premiando a quienes cometen delitos porque podrán salir a sus anchas fuera del recinto penitenciario. Puede ser correcto el razonamiento, pero la medida parece alcanzará sólo a quienes cometieron faltas, no delitos como, por ejemplo, el agresor denunciado por violencia física y sicológica que se acerca a la casa de su víctima sin tener en cuenta la restricción de la prefectura.
Según estadística reciente, Brasil tiene una población penal de 470 mil presos, de los cuales 170 mil producen hacinamiento en los establecimientos penales. De manera que si la medida es sólo para faltas leves, la medida alcanzará a unos 80 mil internos.
El tema es que el hacinamiento en las cárceles complica la vida de los reclusos por enfermedades –sida, drogadicción y tuberculosis- maltratos y violaciones, tienen pocos insumos de calidad para su alimentación y nadie está a salvo de las torturas al interior de los penales. Al salir esta gente, después de cumplir su condena, reproduce todo lo que ha sufrido dentro de esos establecimientos, por lo que muchas personas no creen en la resocialización del interno.
Dicho de otro modo, la gente que entra, sale peor que cuando ingresa. Y es que a los primarios, los que no tienen antecedentes penales, se les junta con gente de alto prontuario, lo cual hace casi imposible la resocialización que reclaman los constitucionalistas.
¿Qué se puede hacer? Parece que el camino menos malo es ponerlos en libertad bajo vigilancia. El problema del crecimiento poblacional penal no es sólo de Brasil, Argentina, Bolivia, Colombia, sino también de Panamá, Nicaragua y Costa Rica. Incluso, Estados Unidos, donde los establecimientos penitenciarios son sumamente sofisticados, por los adelantos tecnológicos, se tiene que poner en libertad a gente peligrosa debido al costo de su mantenimiento. Por ejemplo, un preso en Buenos Aires le cuesta al Estado algo así como US$ 2000. Si en Estados Unidos el volumen de presos de gente de color bordea el 2 por ciento de la población afroamericana, Japón es todo lo opuesto, único país en el mundo donde el número de presos disminuye.
En un reciente encuentro de fiscales y jueces con magistrados franceses, uno de los expositores planteó la necesidad de implantar la vigilancia electrónica, lo cual requiere de una ley del Congreso. Sería, en todo caso, un beneficio penitenciario adicional que se sumaría a la semi-libertad, multa o caución, conversión de pena en estudios y trabajo y arresto domiciliario por mayoría de edad.
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