CASO BARRIOS ALTOS - COLINA: PRIMACIA DEL DERECHO INTERNACIONAL SOBRE EL DERECHO NACIONAL
JESUS JIMENEZ LABAN
En el mes de Agosto de este año, la Sala Penal presidida por el vocal supremo Javier Villa Stein redujo las penas al grupo Colina sentenciado por la matanza de Barrios Altos en Lima, Perú (en la que murieron 15 personas entre ellas un niño de 8 años) considerado por el derecho delito de lesa humanidad.
Como se recuerda en los predios de la prensa extranjera la referida Sala decidió que no fuera considerado delito de lesa humanidad la matanza de Barrios Altos por lo que rebajo la pena al sentenciado Vladimiro Montesinos y otros implicados.
En menos de dos meses, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, ha resuelto que no se rebaje las penas, fallo que - según la opinión jurídica- reitera lo que ya habia resuelto hace once años cuando la CIDH juzgó en el año 2001 a los miembros de Colina. Según la misma opinion, los fallos de la Corte Interamericana no son revisables por corte nacional o sede nacional, pero son de riguroso cumplimiento obligatorio.
La CIDH ha pedido vía resolución al Estado peruano corregir el fallo de Villa Stein porque contradice el reconocimiento -lesa humanidad- ya hecho en 2001 a los crimenes del grupo Colina.
Por su parte, Javier Villa Stein, vocal supremo que rebajó las condenas, vocal señala que el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) marca un "precedente terrible para la justicia peruana". Habla de "una ofensa" para la soberanía del Perú
En respuesta el constitucionalista Enrique Bernales discrepó con el presidente de la referida Sala. Sostuvo que el derecho internacional, no puede alegarse "soberanía jurídica" cuando un país como Perú es parte de un tratado que establece cuáles son las obligaciones, en este caso, en el campo jurisdiccional.
El Perú simplemente se adhirió sin reserva alguna al tratado internacional de la Convención Americana de Derechos Humanos", dijo
Por su parte, la ministra de Justicia Eda Rivas cree que la resolución de la Corte supranacional coincide con la posición del Ejecutivo peruano de que la sentencia "es incompatible y se aparta de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de los fallos del Poder Judicial con respecto al caso Barrios Altos y los delitos cometidos por el denominado grupo Colina".
El pronunciamiento final de la Corte Suprema sobre la acción de amparo debe tener en cuenta esos elementos", enfatizó antes de anunciar que el procurador presentará este martes un escrito al tribunal que ve el caso acompañado de la sentencia de la CIDH para que sea evaluado y tomado en cuenta para resolver el proceso de amparo.
Será el propio Poder Judicial, en su sede interna, el que resuelva, según la ministra, y corrija la anomalía producida por la sentencia.
César San Martin, cabeza del Poder Judicial, sostiene que "no se puede decir que no es un delito de lesa humanidad" porque "es un tema concluso, es cosa juzgada internacional, y que "pese a quien le pese, a obedecer y alinearse".
San Martin, dice que "como país civilizado estamos obligados a cumplir lo resuelto por la Corte, pues si no se corrige se generará una situación de impunidad".
Victor Isla, cabeza del Congreso, dice que "lo que nos corresponde como país civilizado es llanamente cumplir, guste o no guste"
Del mismo parecer Ernesto Alvarez, presidente Tribunal Constitucional. "...aunque no nos guste tenemos que acatarlo", dice.
La justicia peruana no tiene un plazo indefinido sino un tiempo muy corto (más o menos tres meses) en que deberá corregir el fallo Stein.
Los jueces de la CIDH ordenaron a Perú que presente, a más tardar el 20 de enero de 2013, un informe que indique "todas las medidas adoptadas para cumplir con las reparaciones ordenadas que se encuentran pendientes de cumplimiento".
Por último, el constitucionalista Enrique Bernales Ballesteros, ahora miembro de la Junta de Alto Nivel del Primer Ministro, recuerda que "los derechos humanos son un sistema que comienza en 1948. Una cosa es el Tratado de Roma con relación a la Corte Penal Internacional, pero eso no significa que recién a raíz de ese tratado haya calificación de lesa humanidad, que inclusive vienen funcionando desde los juicios de Nuremberg"
Como se recuerda en los predios de la prensa extranjera la referida Sala decidió que no fuera considerado delito de lesa humanidad la matanza de Barrios Altos por lo que rebajo la pena al sentenciado Vladimiro Montesinos y otros implicados.
En menos de dos meses, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, ha resuelto que no se rebaje las penas, fallo que - según la opinión jurídica- reitera lo que ya habia resuelto hace once años cuando la CIDH juzgó en el año 2001 a los miembros de Colina. Según la misma opinion, los fallos de la Corte Interamericana no son revisables por corte nacional o sede nacional, pero son de riguroso cumplimiento obligatorio.
La CIDH ha pedido vía resolución al Estado peruano corregir el fallo de Villa Stein porque contradice el reconocimiento -lesa humanidad- ya hecho en 2001 a los crimenes del grupo Colina.
Por su parte, Javier Villa Stein, vocal supremo que rebajó las condenas, vocal señala que el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) marca un "precedente terrible para la justicia peruana". Habla de "una ofensa" para la soberanía del Perú
En respuesta el constitucionalista Enrique Bernales discrepó con el presidente de la referida Sala. Sostuvo que el derecho internacional, no puede alegarse "soberanía jurídica" cuando un país como Perú es parte de un tratado que establece cuáles son las obligaciones, en este caso, en el campo jurisdiccional.
El Perú simplemente se adhirió sin reserva alguna al tratado internacional de la Convención Americana de Derechos Humanos", dijo
Por su parte, la ministra de Justicia Eda Rivas cree que la resolución de la Corte supranacional coincide con la posición del Ejecutivo peruano de que la sentencia "es incompatible y se aparta de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de los fallos del Poder Judicial con respecto al caso Barrios Altos y los delitos cometidos por el denominado grupo Colina".
El pronunciamiento final de la Corte Suprema sobre la acción de amparo debe tener en cuenta esos elementos", enfatizó antes de anunciar que el procurador presentará este martes un escrito al tribunal que ve el caso acompañado de la sentencia de la CIDH para que sea evaluado y tomado en cuenta para resolver el proceso de amparo.
Será el propio Poder Judicial, en su sede interna, el que resuelva, según la ministra, y corrija la anomalía producida por la sentencia.
César San Martin, cabeza del Poder Judicial, sostiene que "no se puede decir que no es un delito de lesa humanidad" porque "es un tema concluso, es cosa juzgada internacional, y que "pese a quien le pese, a obedecer y alinearse".
San Martin, dice que "como país civilizado estamos obligados a cumplir lo resuelto por la Corte, pues si no se corrige se generará una situación de impunidad".
Victor Isla, cabeza del Congreso, dice que "lo que nos corresponde como país civilizado es llanamente cumplir, guste o no guste"
Del mismo parecer Ernesto Alvarez, presidente Tribunal Constitucional. "...aunque no nos guste tenemos que acatarlo", dice.
La justicia peruana no tiene un plazo indefinido sino un tiempo muy corto (más o menos tres meses) en que deberá corregir el fallo Stein.
Los jueces de la CIDH ordenaron a Perú que presente, a más tardar el 20 de enero de 2013, un informe que indique "todas las medidas adoptadas para cumplir con las reparaciones ordenadas que se encuentran pendientes de cumplimiento".
Por último, el constitucionalista Enrique Bernales Ballesteros, ahora miembro de la Junta de Alto Nivel del Primer Ministro, recuerda que "los derechos humanos son un sistema que comienza en 1948. Una cosa es el Tratado de Roma con relación a la Corte Penal Internacional, pero eso no significa que recién a raíz de ese tratado haya calificación de lesa humanidad, que inclusive vienen funcionando desde los juicios de Nuremberg"
Con información de EFE, ANDINA,
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